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Plan Nacional de nombres de dominio bajo “.es”

Noticias :: Internet :: Dominios

Fuente: ESNIC | Permalink (visto 1187 veces)

Publicado el 25-05-2005

Con fecha 31 de mayo 2005 se ha publicado la Orden ITC 1542/2005, de 19 de mayo de 2005 por la que se aprueba el nuevo Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el código correspondiente a España “.es”. Las principales ventajas del nuevo plan son la reducción de las tarifas aplicables a los dominios “.es” y la flexibilización de los requisitos y procedimientos de asignación de nombres de dominio. Este es el calendario de implantación:

- Primera fase: del 7 junio al 7 de julio de 2005
- Segunda fase: del 6 de Septiembre hasta el 21 de Octubre de 2005
- Apertura al público en general: comenzará en el mes de Noviembre.

Primera fase del nuevo Plan de nombres de dominio

La primera fase del registro escalonado esta reservada a solicitudes de nombres de dominio relativas a denominaciones oficiales o generalmente reconocibles de Administraciones Públicas y organismos públicos. Las oficinas diplomáticas debidamente acreditadas en España, así como las organizaciones internacionales a las que España pertenezca o las entidades resultantes de acuerdos o convenios internacionales suscritos por España, también se podrán solicitar en esta fase, los nombres de dominio relativos a sus respectivas denominaciones oficiales o generalmente reconocibles.

Segunda fase del nuevo Plan de nombres de dominio

La segunda fase del registro escalonado esta abierta a solicitudes de nombres de dominio relativas a denominaciones de fundaciones, asociaciones y empresas. Asimismo, estará abierta a solicitudes de nombres de dominio relativos a nombres comerciales, marcas registradas, denominaciones de origen u otros derechos de propiedad industrial protegidos en España.

Apertura al público en general

Los nombres de dominio bajo “ .es”, “.com.es” “.nom.es” y “.org.es” se asignarán sin verificación previa de las condiciones aplicables (otorgamiento automático). En lo relativo a los nombres de dominio bajo “.es”, se realizará dicha asignación automática a partir de la apertura al público en general del Nuevo Plan. Los nombres de dominio que se asignen bajo “.gob.es” y “.edu.es” sí precisarán de verificación previa del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Plan. Las características más relevantes que introduce el nuevo Plan de dominios son:

Con independencia de las fases transitorias y hasta la apertura al público en general se mantiene la posibilidad de solicitar nombres de dominio conforme a la normativa anterior, establecida en la Orden CTE/662/2003.

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